El Estado lanza colectivos armados y a el FAES contra el pueblo, para calmar la sed y la falta de energía eléctrica, así lo denunció el ex parlamentario, abogado defensor DDHH y coordinador de la ONG Asociación Civil Defensa por los Derechos Civiles, Rafael Narváez.
Los sectores populares ayer alzaron su voz de angustia y desesperación por no tener agua y ni luz para cocinar sus alimentos, fueron recibidos con bombas lacrimógenas y balas por parte de colectivos armados que dispararon sin límites en contra de los manifestantes y algunos edificios sin control alguno, violando así el derecho a manifestar pacíficamente (Art. 68 CRBV).
Nuevamente el cuerpo policial “exterminio” llamado FAES se hizo presente para reprimir el descontento de un pueblo que esta siendo “sacrificado” por un Estado que día a día vulnera sistemáticamente los derechos humanos. Haciendo uso del motivo de su creación, el FAES arremetió contra el derecho constitucional como lo es la inviolabilidad del hogar doméstico (Art. 47 CRBV), y el derecho humano y constitucional como es la libertad (Art. 44 CRBV), intentando entrar en Residencias Sucre de Barquisimeto, a punta de mandarrias para derribar puertas y buscar a manifestantes que protestaban porque no tienen energía eléctrica, agua ni gas doméstico.
El ex parlamentario manifestó que el Estado calma la sed y la falta de energía eléctrica con represión ante la mirada complaciente del Ministerio Público y el Ministro de Interior y Justicia, que permiten que colectivos armados usen armas largas sabiendo que existe una ley para el control de armas y municiones que esta vigente, “ambos entes están obligados a poner orden a estos grupos violentos que deben ser procesados penalmente por violar la ley”.
Por último Narváez denunció que el silencio del Fiscal General Provisorio y antiguo activista por los derechos humanos lo vuelve cómplice, al no ordenar la detención de este grupo civil armado que hizo uso de armas cortas y largas en contra de las manifestaciones que se produjeron ayer domingo, “allí están los videos que constituyen una prueba documental, el código procesal penal establece que también el Ministerio Público puede dar inicio a una investigación de oficio por ser estos hechos públicos, notorios y comunicacionales”.