El Tribunal Supremo de Justicia decidió enjuiciar a 7 diputados de la Asamblea Nacional por los hechos ocurridos el pasado 30 abril, cuando se alzaron un grupo de militares en contra de Nicolás Maduro.
El TSJ respondió la solicitud realizada por el Fiscal General de la República, designado por la Asamblea Nacional Constituyente; quien comprometió a los diputados: Henry Ramos Allup, Luis Germán Florido, Marianela Magallanes López, José Simón Calzadilla Peraza, Andrés Enrique Delgado Velázquez, Américo De Grazia y Richard José Blanco Delgado, en la comisión flagrante de los delitos de «Traición a la Patria, Conspiración, Instigación a la Insurrección, Rebelión Civil, Concierto para Delinquir, Usurpación de Funciones, Instigación Pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada, previstos y sancionados en los artículos 128, 132, 143, 145, 163, 213, 285, todos del Código Penal, respectivamente y Asociación, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo».
Esta sentencia fue remitida con copia certificada de las actuaciones al Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, Diosdado Cabello, para que dicho órgano determine si los parlamentarios cometieron tales delitos.
De acuerdo con la ponencia del magistrado Yván Darío Bastardo Flores, presidente de la Sala de Casación Civil, no procede el antejuicio de mérito de los mencionados diputados, en razón de lo cual su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal.