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CIJ modifica fechas de audiencias públicas sobre medidas cautelares en disputa Venezuela-Guyana

La Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ) ha ajustado las fechas de las audiencias públicas programadas para la próxima semana en relación con la disputa territorial entre Venezuela y Guyana por la región del Esequibo.

Este cambio surge a raíz de la solicitud de Guyana de medidas provisionales para evitar que Venezuela lleve a cabo un referendo consultivo. Este artículo explora los detalles de este desarrollo y su impacto en la resolución de la controversia.

Audiencias públicas programadas: La CIJ ha programado audiencias públicas en el caso relacionado con el Laudo Arbitral del 3 de octubre de 1899.

La decisión de realizar estas audiencias públicas se produce después de que Guyana solicitara medidas provisionales con el objetivo de que el gobierno venezolano no avance con un referendo consultivo.

Cambio en la fecha de la audiencia de Venezuela

La CIJ ha informado que la audiencia originalmente prevista para el 14 de noviembre, en la que Venezuela presentaría sus argumentos, ha sido reprogramada para el miércoles 15 de noviembre.

Esto se debe a la solicitud de Guyana y su deseo de abordar primero la cuestión de las medidas cautelares.

Motivos de la solicitud de Guyana

La solicitud de Guyana se basa en su preocupación de que Venezuela esté considerando llevar a cabo un referendo antes de que la CIJ emita un fallo sobre los asuntos sustanciales que determinarán la validez del Laudo Arbitral de 1899. Guyana sostiene que este referendo tiene como objetivo obtener respuestas que respalden la decisión de Venezuela de abandonar el proceso ante la CIJ y recurrir a medidas unilaterales, lo que podría afectar el territorio en disputa.

El ajuste en las fechas de las audiencias públicas en el caso de la disputa entre Venezuela y Guyana por el Esequibo refleja la importancia de abordar las preocupaciones planteadas por Guyana. La solicitud de medidas provisionales busca garantizar que se mantenga un proceso legal adecuado y justo antes de que se tomen decisiones unilaterales que puedan tener un impacto significativo en la resolución de la controversia. En este contexto, se recomienda que ambas partes sigan colaborando con la CIJ y respetando los procesos legales para lograr una solución pacífica y equitativa a esta disputa territorial.