El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) ha publicado en la Gaceta Oficial 42.881 del 17 de mayo de 2024 la providencia administrativa SNAT/2024/000042, la cual establece las normas y disposiciones para la declaración y pago de la contribución especial para la protección de las pensiones de seguridad social. Esta medida se enmarca dentro de la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista.
Normas para la Declaración y Pago de la Contribución Especial
La providencia especifica que las personas jurídicas que realicen actividades económicas deben declarar y pagar la contribución especial prevista en la nueva ley. Esta contribución se aplicará a los pagos realizados a los trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.
La declaración y el pago de esta contribución se realizarán según el último dígito del Registro de Información Fiscal (RIF), conforme a las fechas establecidas en el calendario dispuesto por la providencia.
Cálculo de la contribución en moneda extranjera
Para los pagos de sueldos y bonificaciones en moneda distinta a la de curso legal en Venezuela, la base de cálculo para determinar la contribución especial se hará mediante la conversión de estos montos a bolívares. Esta conversión se realizará de acuerdo con el tipo de cambio oficial dictado por el Banco Central de Venezuela. Este mecanismo asegura que todos los pagos sean uniformemente valorados, independientemente de la moneda en la que se realicen.
Obligaciones trimestrales de información
Las personas jurídicas obligadas al pago de la contribución especial deberán informar trimestralmente al Seniat la cantidad de trabajadores activos en sus nóminas.
Esta medida permite un control más efectivo y transparente de la cantidad de contribuyentes y los montos que deben ser recaudados, garantizando el cumplimiento adecuado de la ley.
El Seniat tiene la potestad de iniciar procedimientos de verificación, fiscalización y determinación necesarios para asegurar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en esta providencia administrativa. Esto incluye la revisión de declaraciones y pagos realizados por las empresas, así como la imposición de sanciones en caso de incumplimiento. Esta fiscalización busca asegurar que todas las personas jurídicas cumplan con sus obligaciones tributarias de manera correcta y oportuna.
La providencia administrativa entró en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial el 17 de mayo de 2024. Cabe recordar que la alícuota especial está establecida en 9 por ciento de la nómina integral de cada empresa u organización contribuyente. Este porcentaje se aplicará sobre la totalidad de los salarios y bonificaciones pagados, asegurando así un aporte significativo para la protección de las pensiones de seguridad social.
La publicación de esta providencia administrativa por parte del Seniat representa un avance importante en la protección de las pensiones de seguridad social en Venezuela. Al establecer normas claras para la declaración y pago de la contribución especial, y al dotar al Seniat de mecanismos de verificación y fiscalización, se busca garantizar que los recursos necesarios para proteger las pensiones sean recaudados de manera eficiente y efectiva. Esta medida refuerza el compromiso del gobierno venezolano con la protección social y el bienestar de los trabajadores del país.