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TSJ confirma constitucionalidad de estado de excepción en el Zulia

Ante estas acciones delictivas, el Presidente Maduro decretó igualmente, el 21 de agosto estado de excepción de 10 municipios en el Táchira

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del estado de excepción decretado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, en los municipios Indígena Guajira, Mara y Almirante Padilla del estado Zulia, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.742 del 7 de septiembre de 2015, conforme al artículo 339 de la Carta Magna.

En la sentencia N° 1.176, publicada este martes, se indica que el propósito del decreto presidencial número 1.989 es impedir la extensión o prolongación de la situación coyuntural, sistemática y sobrevenida, del contrabando de extracción organizado a diversas escalas, refiere una nota de prensa del TSJ.

Asimismo, señala que otros de sus objetivos es evitar que la violencia delictiva y los delitos conexos al contrabando de extracción que trasgreden el orden público, la seguridad y defensa, así como la soberanía alimentaria y económica de la zona fronteriza, y del resto de la Nación, con la diferencia de que en esta ocasión el Ejecutivo Nacional consideró necesario extenderlo a los mencionados municipios del estado Zulia.

La medida declarativa del estado de excepción obedece a la necesidad de continuar con la protección de las instituciones, expresión directa del Poder Público y de la sociedad, que fueron rebasadas en sus funciones y derechos de control y paz social en los municipios sobre los cuales versa el decreto, agrega la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, en la que se declara la absoluta, plena e integral constitucionalidad del decreto 1.989.

En ese sentido, ratifica que dicho decreto fue dictado en cumplimiento de todos los parámetros que prevé la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás normativas aplicables, preservando los Derechos Humanos y en protección del Texto Fundamental, del pueblo, del Estado y de sus instituciones.

Las autoridades venezolanas han determinado que operan mafias paramilitares importadas de Colombia y grupos vinculados al contrabando de extracción de gasolina, alimentos y medicinas hacia el vecino país.

Ante estas acciones delictivas, el Presidente Maduro decretó igualmente, el 21 de agosto, estado de excepción en los municipios Bolívar, Pedro María Ureña, Junín, Capacho Nuevo, Capacho Viejo, y Rafael Urdaneta del estado Táchira, y posteriormente, el 28 de agosto, se extendió a los municipios tachireses Lobatera, Panamericano, García de Hevia y Ayacucho.



Acerca del Autor

Martín Flores Araujo

Licenciado en Comunicación Social, egresado de la Universidad Católica Cecilio Acosta de Maracaibo, estado Zulia. Músico, Oboísta y compositor, Es autor de varias obras Musicales y Literarias, además de haber realizado diversos Documentales y videos institucionales, así como diversos trabajados en medios tanto impresos como digitales.

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