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Seniat amplía plazo para el pago del Impuesto a los Grandes Patrimonios hasta noviembre

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) ha informado que se extiende el plazo para el pago del Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP) hasta el 30 de noviembre. Esta medida está dirigida a Personas Naturales, Jurídicas y Gubernamentales calificadas como Sujetos Pasivos Especiales, cuyos patrimonios superen los 150 millones de unidades tributarias (U.T.). La declaración y el pago de este impuesto deberán realizarse a través del portal del Seniat en fechas determinadas, según el número de RIF de cada contribuyente.

Seniat da plazo extendido para el cumplimiento del IGP

El Seniat anunció este martes la extensión del plazo para el pago del Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP), fijando como nueva fecha límite el 30 de noviembre. Esta decisión afecta a todos los contribuyentes considerados Sujetos Pasivos Especiales, cuyas fortunas superen los 150 millones de unidades tributarias, tal como lo establece la legislación vigente.

Esta ampliación brinda más tiempo a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones tributarias, considerando las circunstancias económicas actuales.

Detalles sobre los contribuyentes afectados

Los Sujetos Pasivos Especiales incluyen tanto personas naturales como jurídicas y entidades gubernamentales. La ley establece que quienes posean un patrimonio neto equivalente o superior a 150 millones de unidades tributarias están obligados a realizar la declaración y el pago correspondiente al IGP.

Entre los bienes sujetos a este impuesto se encuentran vehículos, aeronaves, naves, títulos, acciones, obras de arte, joyas y otros activos de alto valor, aunque la vivienda principal declarada ante el Seniat queda exenta del gravamen, según lo dispuesto en la Gaceta Oficial 41.6.696.

Fechas clave para la declaración según el RIF

El Seniat ha asignado fechas específicas para la declaración y el pago del impuesto, según el terminal del Registro de Información Fiscal (RIF) de cada contribuyente. Aquellos cuyo RIF finalice en 0 y 8 deberán cumplir con su obligación el 9 de octubre y el 15 de noviembre. Los RIF que terminan en 1 y 2 declararán el 11 de octubre y el 14 de noviembre. Para quienes tengan RIFs terminados en 3 y 4, las fechas serán el 14 de octubre y el 11 de noviembre, mientras que los RIFs con finales 5 y 9 lo harán el 8 de octubre y el 12 de noviembre. Finalmente, los que terminen en 6 y 7 tendrán que realizar la declaración el 10 de octubre y el 13 de noviembre.

Seniat aclara cuales son los bienes incluidos en la declaración del IGP

El Impuesto a los Grandes Patrimonios afecta a una amplia gama de activos de lujo y alto valor. Entre ellos se cuentan vehículos, embarcaciones, aeronaves, títulos de inversión, acciones en empresas, así como joyas, piedras preciosas y obras de arte. Sin embargo, el Seniat ha sido claro en señalar que la vivienda principal, debidamente registrada como tal ante el ente, no será objeto de este tributo, una medida que busca proteger la residencia de los contribuyentes.

El Seniat ha decidido ofrecer más tiempo a los contribuyentes para cumplir con el pago del Impuesto a los Grandes Patrimonios, extendiendo el plazo hasta el 30 de noviembre. Esta decisión otorga un respiro a las personas y empresas con patrimonios elevados, quienes deben declarar y pagar de acuerdo a las fechas asignadas según su número de RIF. Además, se reiteran las exenciones establecidas en la legislación vigente, como la de la vivienda principal, mientras que otros activos de alto valor quedan sujetos al gravamen. Esta medida refuerza el control tributario en el país, al mismo tiempo que proporciona flexibilidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.